La detención en flagrancia se ejecutó en octubre de 2022. Las mujeres transportaban la droga en envases de supuesto suavizante. Purgarán la condena en el CPO de Santa Ana
Tras la acusación del Ministerio Público, fueron condenadas a 10 años de prisión J. M. Marcano R., de 27 años de edad, y D. C. Pérez L., de 37 años, quienes admitieron su responsabilidad en el tráfico de 100 dediles de cocaína.
El alijo en cuestión fue incautado el 26 de octubre de 2022, por funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana –GNB- en el Punto de Atención al Ciudadano –PAC- ubicado en Vega de Aza, perteneciente al municipio Torbes del estado Táchira, detalló boletín de prensa del organismo judicial.
De acuerdo con la investigación, en horas de la noche de la mencionada fecha las mujeres se desplazaban a bordo de una unidad pública que recorría la ruta San Cristóbal – Barquisimeto, a la que se le dio orden de alto para revisar el equipaje de los pasajeros.
Ante la actitud nerviosa que presentaban Marcano R. y Pérez L., los uniformados decidieron centrarse en unos envases de supuesto suavizante que traían ambas damas, los cuales fueron objeto de una inspección exhaustiva.
En efecto, tal y como lo sospechaban, en estos transportaban la droga. En total, se contabilizaron 100 dediles de cocaína ocultos dentro de cuatro envases de suavizantes, cuyo peso neto fue de un kilo con 534 gramos.
En virtud del hallazgo, ambas fueron aprehendidas en flagrancia para ser dejadas a disposición del Ministerio Público e iniciar el proceso penal correspondiente.
Durante la audiencia preliminar, la Fiscalía 11ª de Táchira ratificó la acusación contra estas, por la comisión de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de transporte.
Una vez escuchada la admisión de los hechos por parte de la acusada, el Tribunal 7º de Control en esa entidad andina dictó la referida condena en su contra y ordenó su reclusión en el anexo femenino del Centro Penitenciario de Occidente –CPO-, ubicado en Santa Ana, jurisdicción del municipio Córdoba. RM/ MP